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COSTA RICA: CORREDORES DE BIENES RAÍCES

El sector inmobiliario es uno de los pilares fundamentales de la economía de Costa Rica.

Por otro lado, dado que las transacciones inmobiliarias o de bienes raíces son la fuente del dinamismo del sector inmobiliario, surgió la figura del corredor de bienes raíces. Es así como en todo el mundo, la figura de ese agente o corredor de bienes raíces adquirió una importancia vital, a tal grado de que en dichas transacciones solo pueden intervenir corredores oficiales debidamente autorizados, regulados y certificados.

Sin embargo, en Costa Rica, la actividad de correduría de bienes raíces está desprotegida, sin control ni regulación.

Ante ello, La Cámara Costarricense de Corredores de Bienes Raíces (CBR), presentó ante la Asamblea Legislativa, el Proyecto de Ley Reguladora de la Correduría de Bienes Raíces.

REGULACIÓN PARA LOS CORREDORES DE BIENES RAÍCES

El proyecto de ley, plantea que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, debería regular la actividad de correduría de bienes raíces, con el propósito de promover el desarrollo y fortalecimiento de esta industria, su sostenibilidad y la protección de los consumidores, usuarios o clientes de los servicios que esta actividad ofrece. A su vez, esta entidad deberá crear el Registro de corredores, cuyo propósito es organizar un registro de personas físicas o jurídicas que se dediquen en forma habitual y profesional a la asesoría en la compra, venta, alquiler y otros derechos sobres bienes inmuebles.

 

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FUNCIONES DE REGULACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA

Entre sus funciones se mencionan las siguientes:

  1. Analizar y rendir informes de la actividad de correduría de bienes raíces en la República de Costa Rica.
  2. Organizar y administrar el Registro de Corredores de Bienes Raíces.
  3. Emitir la licencia que acredite tanto a las personas físicas como a las jurídicas como corredoras de bienes raíces.
  4. Llevar un expediente de registro de cada persona que ha sido acreditada como corredora de bienes raíces.
  5. Renovar las licencias a toda persona acreditada para realizar la actividad de correduría de bienes raíces cuando corresponda.
  6. Aplicar las sanciones administrativas a los corredores de bienes raíces cuando corresponda.

Entre los requisitos para obtener la Licencia de Corredor de Bienes Raíces, figuran las siguientes:

  • Ser mayor de edad.
  • Ser costarricense o extranjero con permiso vigente de trabajo o residencia libre de condición, emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Cumplir con la capacitación establecida por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
  • Pagar el costo de la licencia.

Elaborado por: Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica

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