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COLOMBIA: RENTA VITALICIA INMOBILIARIA

El mandatario Iván Duque dio a conocer la propuesta acerca de la hipoteca inversa, que es una opción que dará la posibilidad a los adultos mayores de tener acceso a una renta mes a mes a cambio de dar alguna propiedad a una entidad financiera a la hora del deceso. Asimismo, el gobierno hizo público el decreto final acerca de este asunto, que actualmente autoriza la creación de modalidades de seguros de renta inmobiliaria de por vida.

Según los ministerios de Hacienda y Vivienda, la renta vitalicia inmobiliaria se define como un seguro que las compañías aseguradoras de vida podrán ofrecer.

Por su parte, Felipe Lega, quien se desempeña como director de la Unidad de Regulación Financiera (URF), señaló, por medio de un comunicado, que la renta vitalicia inmobiliaria brindará una opción para que las familias de Colombia tengan la posibilidad de generar ingresos complementarios, partiendo de sus activos inmobiliarios con la opción de conservar los derechos de uso y goce sobre el inmueble.

Cabe mencionar que el pueblo colombiano, desde años atrás, ha estado incentivando distintas estrategias con la finalidad de poder desarrollar un sistema financiero eficaz, que preste atención a la sociedad, y que disponga de una gran diversidad de productos y fomente la colaboración de un número mayor de inversionistas.

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De acuerdo a lo señalado por el Ministerio de Hacienda, de manera voluntaria, podrá acceder cualquier hogar que lo prefiera. No hay ninguna edad, como máximo, para poder aplicar la renta vitalicia inmobiliaria.

El Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, sostuvo que, en el marco de la operación, los tomadores podrán mantener la utilización y goce del bien inmueble hasta la muerte del último de ellos.

Las dos modalidades de la renta vitalicia inmobiliaria que habrá son las siguientes:

  • Renta vitalicia inmobiliaria inmediata: el gobierno manifestó que esta compete a un contrato de seguro que brinda la garantía de un pago periódico de una renta mes a mes desde el pago de una prima única hasta el deceso del rentista o de sus favorecidos
  • Renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida: es muy parecida a la otra forma. Sin embargo, en esta se pacta el tiempo, en el cual se van a regir las rentas de todos los meses y cualquier saldo a favor se va a transferir a los herederos.

Elaborado por: Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica

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