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CHILE: LEY DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA

El crecimiento demográfico que ha experimentado Chile desde hace algunas décadas, ha provocado un necesario reajuste en su forma de vivir. En la actualidad la mayor parte de las familias chilenas prefieren vivir en departamentos. Esto se debe a la gran oferta de departamentos que existe, y la seguridad y comodidad que supone vivir en ellos.

La vida en un departamento, sin lugar a dudas, es muy distinta a la de una casa. En los departamentos se comparten espacios comunes con otros propietarios. También hay actividades que involucran a toda la comunidad. Por esta razón, se crearon reglamentos de copropiedad, regulados por su propia ley, que buscan alinear y reglamentar la vida de las personas que viven en una misma comunidad.

LEY 19.537

La Ley 19.537 o llamada también Ley de Copropiedad Inmobiliaria de Chile, fue publicada el 16 de diciembre de 1997. Esta ley, regula aquellas propiedades donde diferentes dueños tienen derechos exclusivos sobre los inmuebles que poseen, y derechos compartidos sobre los espacios comunes. Como tal, esta normativa es clave en la administración de este tipo de propiedades.

La Ley 19.537 derogó la Ley de Propiedad Horizontal en Chile, que en su momento permitió en el país, que los diferentes pisos de un edificio y los departamentos que lo constituían, pudieran pertenecer a diversos propietarios, manteniéndose determinados bienes en copropiedad.

 

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COPROPIEDAD INMOBILIARIA EN CHILE

Para que un condominio o edificio pueda acogerse a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, los copropietarios deberán organizar una asamblea donde deberán asistir personalmente o representados. En la asamblea deberán acordar lo siguiente:

  1. Formar un comité de administración.
  2. Elegir a un administrador.
  3. Dictar un reglamento.
  4. Abrir una cuenta bancaria exclusiva para la copropiedad.

Luego tendrán que presentar el primer reglamento de copropiedad, redactado en la asamblea, a la dirección de obras municipales que corresponda. Una vez que el director de obras municipales verifique que el condominio cumple con las normas exigidas por la ley y el reglamento, se extenderá el certificado que declara al edificio acogido al Régimen de Copropiedad Inmobiliaria.

Es importante destacar que el reglamento deberá respetar y cumplir con:

  • La Ley General de Urbanismo y Construcciones, y su ordenanza general.
  • Los instrumentos de planificación territorial.
  • Las normas que regulan el área de ubicación del condominio.

Cabe resaltar que, a inicios de año, se presentó ante el Senado de Chile, un proyecto de ley que establezca una Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que busca reemplazar la actual normativa. En lo fundamental, la iniciativa aborda temas como la clasificación de condominios, contenidos de reglamento de copropiedad, fórmulas de resolución de conflictos, exigencias urbanas de construcción, la creación de un registro nacional de administradores de condominios, y sanciones claras para quienes no cumplan con las normas entre otros.

Elaborado por: Sociedad de Bienes y Raíces Latinoamérica

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