Recordemos para los que no lo conocen aún que el fideicomiso al costo en Uruguay aplicado a la construcción consiste en un contrato privado por el cual los fideicomitentes (grupos de personas individuales) se comprometen a realizar determinados aportes que serán administrados por un fiduciario para la consecución del objetivo establecido en dicho contrato de fideicomiso. Los fideicomitentes se obligan a aportar el equivalente a los costos incurridos en el proyecto previamente estimado, el que podrá sufrir variaciones de acuerdo a la variación de los costos, pero que generalmente no superan más del 15 % en un contrato tipo.
En lo que respecta a lo jurídico, el fideicomiso de construcción al costo permite que los aportes de los fideicomitentes forme parte de un patrimonio autónomo independiente de cada uno y blindado por el fideicomiso de manera que no afecte al funcionamiento del mismo.
A la vez es una figura que permite de alguna manera ser socios entre los fideicomitentes sin que haya una vinculación legal societaria.
En lo que refiere a lo estrictamente fiscal las ventajas del fideicomiso al costo comienzan por el lado del IRAE, de acuerdo al decreto 27/2013 por el cual se estableció que el impuesto a la renta para este tipo de proyectos se determina como la diferencia entre los aportes pactados por los costos incurridos por el fideicomiso en el cumplimiento de su objeto y el valor fiscal de los inmuebles transferidos (costo incurrido), lo que implica que no exista renta o la misma sea residual.
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Con respecto al impuesto al patrimonio de los fideicomitentes, las cuotas aportadas se consideran como participaciones patrimoniales por lo cual· están exoneradas de dicho impuesto, a diferencia de un compromiso en una SA el cual sí estarían gravados dichos aportes durante la obra.
Cabe destacar también que el fiduciario de estos fideicomisos tiene un mandato a cumplir, lo que establece el contrato privado del fideicomiso y que cualquier apartamiento del mismo es motivo y causal de exclusión de su calidad de fiduciario sometido a votación de los fideicomitentes, es decir que de alguna manera los fideicomitentes y futuros beneficiarios finales son los dueños del negocio que de alguna manera u otra le encomiendan la administración y gestión de la obra al fiduciario.
En cambio en el método tradicional de las sociedades anónimas, los futuros compradores poseen generalmente un compromiso de compraventa asociado a esa SA, de la cual exige un director y accionista determinados, dueños del proyecto de los cuáles poseen facultades amplias como directores de la sociedad.
Como conclusión general podemos decir que los fideicomisos al costo en Uruguay aplicado a la construcción son cada día más usados y más conocidos en el mercado por los beneficios jurídicos y fiscales que poseen sumado a que a lo largo de una obra terminan siendo entre un 15 y un 20% más baratos que en un proyecto tradicional.
En las próximas publicaciones seguiremos avanzando con este tema que se viene cada vez con más fuerza por su simplificado régimen de actuación, constitución y liquidación, sumado al beneficio económico que se obtiene por unidades más económicas.
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Elaborado por: Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica
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