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NUEVA LEY DE ALQUILERES: ARGENTINA 2020

Hace 4 años se presentó ante el congreso de Argentina un proyecto de Ley de Alquileres 27551, el cual tuvo un fallo a favor en el mes de junio del presente año. Antes de ello, se podría decir que era toda una odisea alquilar algún inmueble en Argentina. La nueva legislación promete aliviar esa misión, ya que incorporó pedidos de agrupaciones de inquilinos.

Desde la Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica, te informamos sobre los cambios que trae consigo la nueva Ley de Alquileres en Argentina:

CONTRATO DE ALQUILER

Se recomienda hacer el contrato de forma escrita ya que es mucho más sencillo probar que hay un contrato entre el locador y el inquilino. Según la nueva Ley de Alquileres en Argentina, el plazo mínimo del contrato de alquiler ya sea comercial o de vivienda es de 3 años. “Mínimo” quiere decir que puedes pactar con el locador un plazo diferente siempre que ese plazo sea mayor a 3 años.

Algunas excepciones del plazo mínimo pudieran ser las siguientes:

  • Sede de embajada, consulado u organismo internacional, y el destinado a habitación de su personal extranjero diplomático o consular.
  • Habitación con muebles con fines de turismo, descanso o similares. Si el plazo del contrato o supera los 3 meses se presume que no fue hecho con fines turísticos.

 

PAGOS POR ADELANTADO

Según la nueva Ley de Alquileres en Argentina, si el alquiler del inmueble es para vivienda NO se puede pedir al inquilino el pago de alquiler anticipado por periodos mayores a 1 mes, depósitos de garantía mayor al importe equivalente al primer mes de alquiler, la firma de algún pagaré o cualquier otro documento que no firme parte del contrato original.

 

GARANTÍAS

¿Qué es un depósito de garantía? Es una suma de dinero que pide el que brinda en alquiler su inmueble con el fin de garantizar que el inquilino cumplirá su contrato. Pongamos un ejemplo, esta garantía servirá para avalar que entregarás el inmueble en el mismo estado en el que lo recibiste. Si al termino del contrato no hay ninguna reparación en la propiedad, el locador tendrá que devolver todo el dinero de la garantía. El monto es una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional si el depósito fue inferior a un mes de alquiler.

Por otro lado, el inquilino debe proponer al locador por lo menos 2 de las siguientes garantías:

  • Aval bancario
  • Seguro de Caución o Seguro de Garantía
  • Garantía personal del inquilino: recibo de sueldos, certificado de ingresos

El locador NO puede pedir una garantía en dinero que supere 5 veces el valor mensual del inmueble.

GASTOS DE REPARACIÓN

Según la nueva Ley de Alquileres en Argentina, el locador es el único responsable de conservar el inmueble, y deberá hacerse cargo de cualquier reparación siempre y cuando no lo haya originado el inquilino.

Si el locador se negara a pagar cualquier tipo de reparación, el inquilino podrá hacerlo por su cuenta y el locador deberá retribuir los gastos.

Algo que debemos tener en cuenta es que si no se puede usar el inmueble se puede pedir la rescisión del contrato, o la cesación del pago del precio por el tiempo que no pueda usar o gozar del inmueble.

 

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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

Se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Si la decisión de terminar la locación se toma cuando ya pasaron 6 meses de contrato, se debe notificar al locador con 1 mes de anticipación.
  • Si la decisión de terminar la locación se toma durante el primer año del contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes y medio de alquiler al momento de desocupar el inmueble.
  • Si la decisión de terminar la locación se toma luego de pasado 1 año de contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes de alquiler.
  • En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, si ya pasaron al menos 6 meses de contrato y la notificación al locador se hace con una anticipación de 3 meses o más, no corresponde pagar indemnización.
  • En el caso de embajadas, consulados, habitación con muebles con fines de turismo, guarda de cosas, predios feriales: se deben abonar 2 meses de alquiler en caso de resolución anticipada.

Por último, debemos señalar que hasta el 30 de septiembre del 2020 el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 320/20 promulgado por el Congreso de la Nación Argentina, ha planteado como medidas congelar el precio de los alquileres, prorrogar los contratos y suspender los desalojos a raíz del brote epidemiológico y la emergencia sanitaria en el país.

 

Elaborado por: Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica

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